Los operadores tecnológicos que deseen acreditar su sistema tecnológico de localización automática de vehículos (AVL), deberán comunicar por escrito su intención al Jefe de la División de Transporte Público Regional, ubicado en Amunátegui Nº 232, piso 11 – Santiago, acompañando a su solicitud todos los antecedentes mencionados en la sección 3.5 de la Res. Ex N° 1247 de 2015.
En forma previa al envío de dicha carta, se sugiere agendar una reunión explicativa del proceso de acreditación contactando al correo acreditacionAVL_DTPR@mtt.gob.cl
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NOTA: Si durante la operación el operador tecnológico, deja de cumplir con estos niveles de servicio durante tres meses consecutivos o durante tres meses no consecutivos en un plazo de seis meses, perderá su acreditación y no podrá continuar prestando servicios respecto al contrato de gestión de los sistemas AVL en que se incurrió en incumplimiento en los niveles de servicio señalados. No podrá volver a acreditarse en un plazo de 6 meses para prestar servicios en el contrato mencionado.
Nota: Esta tabla contiene información histórica de rechazos de acreditación, que comprende cada una de las instancias en que un operador tecnológico no ha logrado concluir satisfactoriamente las pruebas de acreditación en el plazo establecido por la Res. Ex. 1247 y sus posteriores modificaciones. Estos antecedentes se mantendrán en este sitio web con carácter informativo, aun cuando el estado vigente del operador corresponda a “ACREDITADO”.